viernes, 16 de mayo de 2014

LOMCE-LOE

Los objetivos y principios sobre los que se articula la LOMCE, de acuerdo con el preámbulo de la ley.
Los principales objetivos que persigue la reforma son reducir la tasa de abandono temprano de la educación, mejorar los resultados educativos de acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnos y alumnas excelentes, como en la de titulados en Educación Secundaria Obligatoria, mejorar la empleabilidad, y estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes. Los principios sobre los cuales pivota la reforma son, fundamentalmente, el aumento de la autonomía de los centros, el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los centros, las evaluaciones externas de fin de etapa, la racionalización de la oferta educativa y la flexibilización de las trayectorias.[...] Junto a estos principios es necesario destacar tres ámbitos sobre los que la LOMCE hace especial incidencia con vistas a la transformación del sistema educativo: las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el fomento del plurilingüismo, y la modernización de la Formación Profesional.
Los cinco principios sobre los que se articula la LOMCE son:
1. El primer pilar y primera finalidad de la ley es garantizar el derecho a la educación de nuestros niños y jóvenes, asegurar y afianzar la permanencia del alumno en su itinerario formativo y dotarle de las herramientas suficientes para su formación a lo largo de la vida y su pleno desarrollo personal y profesional, adaptándose a sus necesidades, intereses, talentos, capacidades y expectativas.
2. El segundo pilar es la flexibilidad y la transitabilidad por el sistema. Se anticipan itinerarios, se fortalece la FP y se capacita a las Administraciones educativas y a los centros para responder a las demandas sociales y de las familias. La transitabilidad por el sistema significa el establecimiento de pasarelas entre enseñanzas que eliminan las rigideces que pudieran tener efectos sobre el abandono escolar.
3. El tercer pilar es la autonomía de los centros y las competencias que deben asumir las Administraciones educativas en sus responsabilidades de prestación del servicio educativo. Mayor autonomía lleva asociado el deber de rendición de cuentas, la transparencia en la gestión y la responsabilidad en los resultados que se obtienen.
4. El cuarto pilar es la determinación de una enseñanza básica común, una señalización de los aprendizajes a través de las evaluaciones finales, estandarizadas, externas y homologadas para todo el territorio nacional. La LOMCE supone homogeneizar los requisitos y exigencias básicas del sistema educativo en todo el territorio, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas.
5. El quinto pilar lo constituye, por un lado, un renovado planteamiento en la organización de asignaturas en troncales, específicas y de configuración autonómica y, por otro, el decidido enfoque competencial de los procesos de enseñanza-aprendizaje que exigirán un cambio metodológico profundo en las aulas.
Principales diferencias entre la LOE y la LOMCE en relación con la ordenación de la etapa de Primaria.
CAPÍTULO I. Educación infantil.
Artículo 12. Principios generales (se mantiene)
Artículo 13. Objetivos (se mantiene)
Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos (se mantiene)
Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad (se mantiene)

CAPITULO II. Educación primaria
Artículo 16. Principios generales (se mantiene)
Artículo 17. Objetivos de la educación primaria (se mantiene)
Artículo 18. Organización
Este artículo sufre varias modificaciones con respecto a la LOE en varios apartados.
- Apartado 1, la LOE establece que la etapa de educación primaria comprende tres ciclos, de dos años académicos cada uno.
La LOMCE, establece que la etapa de educación primaria comprende seis cursos y se organiza en áreas.
- En el apartado 2 se establecen las distintas áreas de esta etapa educativa:
LOE:
            Conocimiento del medio, natural y cultural
            Educación física
            Educación artística
            Lengua castellana y literatura y , si la hubiere, lengua cooficial y literatura.
            Lengua extranjera
            Matemáticas
LOMCE:
            Ciencias de la naturaleza
            Ciencias sociales
            Educación artística
            Educación física
            Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura
            Primera lengua extranjera
            Matemáticas
- En el apartado 3 la LOE establecía que  en uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa a las áreas antes señaladas se le "añadirá la de educación para la ciudadanía y derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres."  Este apartado queda eliminado por completo.
- En el apartado 3 de la LOMCE, se establece  que en los últimos cursos de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extrajera.
La LOE también establecía la integración de esta segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de la etapa.
-El apartado 5 de la LOE, 4 de la LOMCE no sufre ninguna modificación, dejando constancia de que las áreas de carácter instrumental  recibirán especial atención.
- Asimismo el apartado 6 de la LOE, 5 de la LOMCE tampoco sufre ninguna modificación, respetando la acción tutorial en el proceso educativo y colectivo del alumnado en el conjunto de la etapa.
Artículo 19. Principios pedagógicos
Este artículo se mantiene en cuanto a sus tres apartados establecidos en la LOE, pero la LOMCE añade un nuevo apartado.
- Apartado 4 por el que se establece que la lengua castellana o cooficial sólo se utilizará como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera, priorizando la comprensión y expresión oral.
Artículo 20. Evaluación.
Este artículo es uno de los que más modificaciones sufre, en las siguientes instancias:
- Denominación del artículo. La LOE establece como título de este artículo "Evaluación", sin embargo la LOMCE lo establece como "Evaluación durante la etapa".
- LOE: en este artículo establece que la evaluación de los procesos de aprendizaje será continua y global, teniendo en cuenta los progresos en el conjunto de las áreas.
Hace referencia a que el alumnado podrá acceder a la siguiente etapa o ciclo educativo siempre que haya alcanzo las competencias básicas correspondientes y el nivel de madurez. Los que no hayan alcanzado los objetivos de las áreas podrán pasar al siguiente ciclo o etapa, siempre que dicha circunstancia no les impida aprovechar el nuevo curso, de ser así, recibirán apoyos para recuperar dichos objetivos.
Si el alumno no ha alcanzado las competencias básicas, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo, esta medida sólo se podrá adoptar una vez a lo largo de la educación primaria.
Cada alumno podrá disponer al  finalizar la etapa  de un informe sobre su aprendizaje, objetivos alcanzados y competencias básicas adquiridas.
- LOMCE: establece que la evaluación de los procesos de aprendizaje será continua y global, teniendo en cuenta los progresos en el conjunto de las áreas.
Hace referencia a que el alumnado podrá acceder a la siguiente etapa o ciclo educativo siempre que haya alcanzo las competencias básicas correspondientes y el nivel de madurez. Los que no hayan alcanzado los objetivos de las áreas podrán pasar al siguiente ciclo o etapa, siempre que dicha circunstancia no les impida aprovechar el nuevo curso, de ser así, recibirán apoyos para recuperar dichos objetivos.
Introduce que los centros educativos realizarán una evaluación al conjunto del alumnado al finalizar el tercer curso de Primaria,  de esta manera se comprobará el grado de adquisición de las competencias en comunicación lingüística y matemática. De no ser superada esta prueba, el equipo docente tomará las medidas excepcionales más adecuadas, incluyendo en este caso la repetición del tercer curso. Las características de dicha evaluación serán incluidas en los apartados del artículo 21.
Establece que se prestará especial atención en esta etapa a la atención personalizada de  los alumnos, realización de diagnósticos de procesos y establecimiento de mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar.

Artículo 21. Evaluación de diagnóstico
- Inicialmente se restablece el título del artículo, pasando de Evaluación de diagnóstico en la LOE, a Evaluación final de la Educación Primaria en la LOMCE.
- LOE:
En la antigua ley se hace referencia a que en el segundo ciclo de educación primaria los centros realizaran una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas. Será competencia de las Administraciones educativas y tendrá un carácter informativo (para el centro, familias y comunidad educativa)  y orientador (para el centro).
- LOMCE:
Añade que los alumnos realizarán una evaluación al finalizar sexto curso de Primaria "sin efectos académicos" para comprobar  el grado de adquisición de competencias básicas y de cumplimiento tanto de los objetivos de la etapa como de la viabilidad del tránsito del alumno por la siguiente etapa. El resultado tendrá carácter informativo y orientador para centros, equipo docente, familias y alumnos.
Establece que los criterios de evaluación y características generales de las pruebas sean fijadas por el Gobierno para todo el Sistema Educativo Español, previa consulta con las CCAA.
Dichas pruebas deberán ser realizadas por las respectivas Administraciones educativas en el centro educativo de dicho alumno y, "aplicadas y cualificadas por especialistas externos al centro".
El resultado de dicha evaluación "será plasmado en un informe por cada aluno, según dispongan las Administraciones educativas".

Valoración crítica
En general, vemos una visión contrapuesta de ambas leyes que podemos justificar ampliamente en las condiciones ideológicas y económicas que las sustentan. Frente a una Ley Orgánica de la Educación, que promueve la equidad, la atención a la diversidad y un tratamiento específico en dicha ley del profesorado, atendiendo a su formación inicial y permanente que, como sabemos, es fundamental para su desarrollo personal y profesional, nos encontramos con una Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) que, personalmente, creo que no tiene en cuenta en ningún momento al profesorado, imponiéndole más funciones y materias, y aumentando las ratios del alumnado.


Además, quiero destacar fuertemente la crisis que viven y llevan viviendo los docentes en relación a las leyes educativas. En ningún momento se tiene en cuenta la perspectiva de la comunidad educativa para elaborarlas, y son juntamente los docentes (y toda la comunidad educativa: padres, profesores y alumnos), los adecuados para ver cuáles son los puntos débiles de la enseñanza y propiciar mejoras en los mismos. En este sentido, observamos cómo los docentes no les queda otro remedio que adaptarse a estas leyes que los desprestigian y, sumado a esto, cómo su motivación se reduce más y más, afectando directamente a la calidad de la enseñanza. Si a esto le añadimos, como dijimos, con la LOMCE, los recortes, el aumento de las ratios, los ERES..., el profesorado acaba viéndose en una espiral sin fin, en el cual muchos se acaban recluyendo como víctimas de un sistema que no tiene en cuenta ni su voz, voto y, mucho menos, su propia profesión en la que es especialista.

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